Del italiano graffiti, graffire,
y éste a su vez del latín scariphare, son varias formas de llamar a una técnica de pintura, generalmente realizadas sobre
mobiliario de la calle.La Real Academia Española define «grafito» como una
pintada particular, y su plural correspondiente es «grafitos», aunque esta
palabra se usa específicamente para referirse a las al rango arqueológicas. Es
una forma de vida por la cual los artistas expresan sus ideas por la calles de
cualquier ciudad. Normalmente reclaman
derechos o simplemente emiten mensajes. Paseas por la calle y en multitud de
Muros, vagones, túneles… Cualquier parte es bueno para dejar su firma, ya sea
con el nombre o con un dibujo artístico. También se suelen ver en las fachadas
y puertas de algunas tiendas, cuyos dueños escogen esta pintura para darle un
toque moderno a su negocio. Ahora te lees cualquier revista de decoración y los
grafiitis son una forma de decorara tu casa.
Gracias a esta nueva forma de decoración, podemos dormir todas las
noches bajo una luna llena o en una playa del caribe. El grafitti consigue un
efecto de realidad realmente increíble.
Cuando se realiza una pintada en
un casa, de ámbito público o privado,
surge la duda de si dicho actos es una cosa u otra dentro del delito de daños
del artículo 323 del Código Penal, o si bien, nos encontramos ante una falta
del artículo 626 del citado texto.
La respuesta no es sencilla, de
ahí, la cantidad de dudas que tanto en un sentido como en otro se viene viendo
en distintos casos legales. Sin que haya
una unión en los Tribunales de
Justicia.
Las consecuencias de considerar
los hechos como constitutivos de delito frente a si son considerados una falta
son obvios e importantes, puesto que si el graffiti se considera un delito de
daños, el Código Penal castiga con una
pena de prisión que puede ir de 1 a 3 años, más una multa que puede oscilar de
12 a 24 meses. En cambio, si la pintada o graffiti se considera una falta, la
pena a imponer será estar localizazado permanente de 2 a 6 días o 3 a 9 días de
trabajos en beneficio de la comunidad. Además si hay una condena, quedarán
antecedentes penales en tu ficha policial.
Cuando nos encontramos
en el ámbito penal frente a una pintada
o graffiti, lo más importante es atender a la circunstancia de si con la
pintada se han producido o no daños en el
inmueble, ya que el delito del art. 323 habla de “el que cause daños”, mientras
que la falta del art.626 sólo habla de “deslucimiento”. Normalmente
cuando estos actos se producen y quieres borrar el grafitti, tienes que llamar
a una empresa de limpieza de graffitis.
O intentar llamar a una empresa de rehabilitacion fachadas.
O si por el contrario, te lo
hacen en un cristal, tiene que pulir
cristal.
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